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dc.contributor.authorGonzález Espinosa, Carmen
dc.date.accessioned2013-09-26T10:13:28Z
dc.date.available2013-09-26T10:13:28Z
dc.date.issued2013-09-26
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10835/2418
dc.description.abstractLa implementación de una nueva estructura organizativa en la Administración General de la Junta de Andalucía en torno a las agencias, constituye la mayor reforma de esta Administración desde su creación y que los poderes públicos han justificado alegando que el nuevo sistema de agencias es la herramienta idónea para convertir a la Administración andaluza en una Administración eficaz. Este trabajo tiene por objeto analizar si el sistema de agencias implementado responde al marco teórico de las agencias. Para ello, analizaré los elementos esenciales de las agencias andaluzas con el fin de comprobar si coinciden los elementos que, según el modelo teórico, a las agencias como herramientas transformadoras de la estructura burocrática. En relación con los elementos esenciales que he utilizado para comparar las agencias andaluzas con las agencias diseñadas por la teoría, he seleccionado los identificados por Osborne y Plastrik (2003), consistente en que las agencias deben estar dirigidas estratégicamente, dotadas de contratos de gestión, sometidas a la evaluación de rendimientos y control de los resultados por la Administración matriz. Además, a este conjunto de elementos, he añadido el determinado por Talbot (2004), que se concreta en la existencia de una desregulación o cambio en los sistemas desregulación de las agencias. Este trabajo se compone de cinco epígrafes, después de la introducción, en el epígrafe dos, presento el marco teórico de las agencias, centrándome en la identificación y estudio de los elementos determinantes de las estas. En el epígrafe tres, epígrafe extenso, primeramente, expongo los orígenes y evolución de la Administración instrumental, enfocando la atención en la utilización que la Junta de Andalucía hizo de los entes instrumentales como medio de huida del Derecho Administrativo; para posteriormente, en el epígrafe 3.5, explicar la nueva regulación de los entes instrumentales a partir de la aprobación de la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía y termino el epígrafe 3, exponiendo la reforma producida con la aprobación de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público andaluz. Una vez realizado el análisis de los elementos de las agencias andaluzas y valorado la importancia de cada uno de ellos, así como su comparación con las agencias del modelo teórico, en el epígrafe cinco expongo que las agencias diseñadas por la Junta de Andalucía se ajustan al modelo teórico en todos sus elementos, excepto en la existencia 3 de los contratos de gestión, ya que, si bien en los Estatutos está previsto existencia, no se ha procedido aún a su elaboración y aprobación, por lo que, teniendo en cuenta la importancia de este elemento, concluyo que las agencias surgidas del proceso de reordenación del sector público andaluz no se ajustan al modelo de agencias del marco teórico. El trabajo termina con un apartado en donde resumo las principales conclusiones.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.subjectTrabajo Fin de Grado de la Universidad de Almeríaes_ES
dc.subjectSector públicoes_ES
dc.subjectAndalucíaes_ES
dc.subjectAdministración Públicaes_ES
dc.titleReordenación del sector público andaluz: las agenciases_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesises_ES
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES


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