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dc.contributor.authorGuayo Castiella, Iñigo Del 
dc.date.accessioned2024-01-22T12:20:11Z
dc.date.available2024-01-22T12:20:11Z
dc.date.issued2020-05-15
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10835/15299
dc.description.abstractEspaña cumple completamente con las normas sobre separación de actividades de la DE2019. El transporte de electricidad está patrimonialmente separado en España (ownership unbundling), de la distribución, la generación y el suministro, por medio de la figura de REE. España fue pionera en el mundo con la creación de Red Eléctrica de España el 29 de enero de 1985, una empresa dedicada a la operación del sistema eléctrico y al transporte de electricidad. España optó en 1985 por un sistema de separación patrimonial, casi veinticinco años antes de que esa separación patrimonial fuese regulada por la legislación eléctrica europea (DE2009). Es cierto que el sistema de separación patrimonial se fue perfeccionando en España a lo largo del tiempo, pero ya estaba íntegramente diseñado con la LSE de 1997, antes que se aprobase la DE2009. Es cierto también que subsistieron durante un tiempo después de la liberalización de 1997 otros pequeños transportistas, distintos de REE, que no estaban sujetos a separación patrimonial, pero se trataba de situaciones residuales que desembocaron en 2007 en la introducción de la figura del transportista único (REE). A la luz de lo anterior, resulta chocante que se pueda enjuiciar la situación española de modo negativo a la luz del Derecho de la UE. La LSE distingue entre la operación del sistema y el transporte, y lleva a cabo una identificación práctica entre la operación del sistema y la gestión de la red de transporte. La figura española del operador del sistema coincide con la figura del gestor de una red de transporte de la DE2019, a quien adicionalmente se encomienda, entre otras, la función de dispatching. Tanto la operación del sistema como el transporte son llevados a cabo por REE. Separada REE patrimonialmente del suministro (comercialización) y la generación, ¿qué más separación hace falta, si ya el ordenamiento jurídico español es completamente conforme con el Derecho de la UE? La LSE contiene una serie de medidas para separar, dentro de REE, la operación del sistema (gestión de la red de transporte) del transporte (propiedad). Desde el año 2007 existe la obligación de crear una unidad separada para que lleve a cabo la operación del sistema y la gestión de la red de transporte. Estas medidas (separación entre propiedad y gestión), sin embargo, no vienen exigidas por el Derecho de la UE. En el sistema ISO hay una separación entre la propiedad y la gestión, pero ese sistema no viene impuesto por el Derecho europeo y, además, sólo ha sido adoptado por un pequeño Estado miembro. La LSE separa entre el operador del sistema (y gestor de la red de transporte) y el transportista, porque el transportista es el propietario de la red. Son medidas que se han introducido porque el legislador español ha entendido que conviene separar la propiedad de la red de transporte de la separación del sistema/gestión de la red de transporte. Cuando las normas europeas y españolas acometen la regulación de la separación de actividades (unbundling) persiguen separar la actividad de transporte del resto de actividades eléctrica (generación, distribución y suministro). El objetivo no consiste en separar la propiedad de la red de la gestión de la red. Ahora bien, desde ciertas posiciones regulatorias se defiende la bondad de separar propiedad y gestión. Se aduce que el propietario está interesado en obtener el máximo provecho de sus activos, mientras que una correcta gestión de la red perseguiría otros objetivos. Sin embargo, esa contradicción entre ambos intereses (propiedad y gestión) no puede presumirse en todo caso y circunstancia. Si surge tal contradicción debe adoptarse soluciones que corrijan el comportamiento del propietario, sin que sea conveniente llegar a una separación accionarial o patrimonial, pues algunas medidas impuestas sobre la propiedad pueden alcanzar resultados de la misma eficacia.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherAranzadies_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.titleTransportista, propietario de la red de transporte, gestor de la red de transporte y operador del sistema eléctricoes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bookes_ES
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES


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